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TRIBUNAL ECLESIÁSTICO

¿Qué es?
 

Es el organismo competente para conocer las causas de nulidad de los matrimonios católicos.
 

¿Qué es y cómo funciona el proceso de nulidad matrimonial?
 

Aquí encontrará las respuestas a los interrogantes más comunes sobre el proceso de nulidad matrimonial. Para mayor información no dude en contactarnos.  

Comunícate con nosotros

¡Para Consultas e Inquietudes!

Nos puede escribir, o puede acercarse en  cualquier momento durante las horas de oficina.

Envíanos un mensaje

TRIBUNAL ECLECIÁSTICO DE SAN GIL

Carrera 9 # 12-42 San Gil Santander Colombia

3102374393 - 7242205- EXTENCIÓN 103– 105 - 114 Email: tribunaldiocesanosangil@yahoo.com

HORARIOS DE ATENCIÓN

Lunes a viernes:      
8:00. a.m. - 12:00 m.  -  2:00. p.m. a 5:00. p.m.
Sábados:
8:00. a.m. a 12:00. m. 

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA NULIDAD MATRIMONIAL

¿Qué es una nulidad matrimonial?

¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?

¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?

La nulidad matrimonial es la declaración pública, dictada por los tribunales eclesiásticos tras un proceso judicial, mediante el cual se declara que un matrimonio concreto nunca llegó a surgir por ausencia de algún requisito o elemento esencial necesario para su validez. La declaración de nulidad no anula un matrimonio válido, sino que reconoce que tal matrimonio nunca fue contraído válidamente. Es necesario, en consecuencia, distinguir claramente la nulidad matrimonial del divorcio. El divorcio disuelve el vínculo matrimonial mientras que la declaración de nulidad declara que nunca existió realmente tal vínculo. 

¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?

¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?

¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?

A partir de la reforma del Papa Francisco, la competencia de los Tribunales es más amplia. Actualmente, la solicitud de nulidad puede ser dirigida (cano 1672):


  • Al Tribunal de la Diócesis donde se celebró el matrimonio,
  • Al Tribunal del lugar donde reside quien presenta la demanda o la otra parte,
  • Al Tribunal donde sea posible recabar con mayor facilidad las pruebas.


En todo caso, si el Tribunal de San Gil no fuera competente para tramitar su causa, con gusto le ayudaremos a determinar el Tribunal competente para ello o se solicita la jurisdicción si hay causa razonable.

¿Por qué se necesitan testigos?

¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?

¿Cuáles son las causales que determinan la eventual nulidad de un matrimonio?

Por lo general, el Derecho Canónico exige testigos que ayuden a los jueces a corroborar la información suministrada por las partes y a comprender mejor la situación de su relación matrimonial. También la otra parte, si lo desea, podrá presentar testigos. Es conveniente informar con cierta anticipación a los testigos por usted seleccionados y asegurarse de su cooperación. Recuerde que deberán ser cuatro (4) personas que conozcan de manera directa y suficientemente los hechos por usted narrados en su solicitud sin necesidad que usted los prepare contándoles los hechos, especialmente la etapa previa al matrimonio (noviazgo y decisión de casarse). Pueden ser familiares y amigos. 

¿Cuáles son las causales que determinan la eventual nulidad de un matrimonio?

¿Cuáles son las causales que determinan la eventual nulidad de un matrimonio?

¿Cuáles son las causales que determinan la eventual nulidad de un matrimonio?

El Código de Derecho Canónico recoge los tres elementos que determinan la nulidad o validez de un matrimonio: la existencia de impedimentos dirimentes, de vicios del consentimiento y de defectos de forma. De manera resumida, podemos decir lo siguiente: 

Los impedimentos dirimentes (Cánones 1083 – 1094) pueden definirse como prohibiciones legales para contraer matrimonio válidamente. Se trata de circunstancias objetivas de los contrayentes que pueden tener su origen en el derecho natural o en una norma canónica.

Los vicios del consentimiento son defectos graves que afectan la validez del vínculo matrimonial. Pueden radicar en el ámbito del entendimiento (ignorancia y error) o en el de la voluntad (simulación del consentimiento matrimonial y matrimonio contraído bajo condición por violencia o miedo). En efecto, una pareja no es apta ni idónea para generar una verdadera comunidad de vida y amor conyugal si: uno o ambos contrayentes excluyen –por un acto positivo de la voluntad– la fecundidad, fidelidad e indisolubilidad del vínculo; son incapaces para discernir libremente o asumir las obligaciones del vínculo matrimonial por causas de naturaleza psíquica; ignoran el significado esencial del matrimonio; yerran sobre la persona del otro cónyuge o sobre una cualidad entendida directa y principalmente; están engañados por dolo; se casan impulsados por la convicción errada de que el matrimonio no sea un vínculo exclusivo, indisoluble y dotado de dignidad sacramental; someten su propio consentimiento matrimonial a una condición o si está inducido por violencia o temor grave.

Los defectos de forma son los que se refieren a la manifestación externa del consentimiento y a los requisitos de forma o solemnidades jurídicas que la ley canónica exige para su validez.

¿Cómo se desarrolla el proceso de nulidad?

¿Cuáles son las causales que determinan la eventual nulidad de un matrimonio?

¿Cuáles son los documentos que deben acompañar la solicitud de nulidad?

Aunque sería necesario entrar en muchos detalles y precisiones, el proceso de nulidad matrimonial tiene fundamentalmente 3 fases:


FASE INTRODUCTORIA. Cuando el Tribunal Eclesiástico recibe la demanda y constata que está suficientemente fundamentada la admite oficialmente y cita a la otra parte para que, si lo desea, manifieste su parecer y participe en el proceso.


FASE INSTRUCTIVA O DE RECOLECCIÓN DE PRUEBAS. 

A partir de la información preliminar recogida y atendiendo a las causales establecidas por el Derecho canónico, el Tribunal determina, mediante decreto, cuál será el motivo o los motivos (causales) sobre los cuales versará el proceso de nulidad matrimonial (fijación de la duda). En ese mismo decreto, el Tribunal ordena que se inicie la recolección de pruebas (declaraciones de las partes, de los testigos, etc.). La fase de instrucción se cierra con la publicación de los actos procesales para que las partes secretamente puedan examinarlas y, si lo consideran conveniente, aporten ulteriores pruebas.


FASE CONCLUSIVA. Una vez terminado el plazo para presentar nuevas pruebas, el Tribunal –si considera que se han reunido el material probatorio suficiente- decreta la conclusión de la causa. De lo contrario, ordena la realización de alguna prueba complementaria (ej: pericia sicológica o siquiátrica). Al momento de la conclusión, las partes pueden presentar nuevamente sus argumentos si así lo desean. En este momento debe pronunciarse el Defensor del Vínculo. Recibido el parecer del Defensor la causa queda lista para el estudio colegiado de los jueces. Pronunciada la sentencia, se inician los trámites de notificación y ejecutoria de la misma.

¿Cuáles son los documentos que deben acompañar la solicitud de nulidad?

¿Cuáles son las causales que determinan la eventual nulidad de un matrimonio?

¿Cuáles son los documentos que deben acompañar la solicitud de nulidad?

La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:

  • Partida de matrimonio.
  • Partidas de Bautismo de los dos esposos con nota marginal de matrimonio y partida de Bautismo del hijo si el matrimonio fue por embarazo.
  • Fotocopia de la cédula de ambos, si es posible (convento).
  • Dirección de residencia y teléfono del otro cónyuge (casos especiales se habla con el Vicario Judicial).
  • Registros civiles de ambos cónyuges.
  • Registro civil de matrimonio con nota de divorcio y liquidación de la sociedad conyugal, si lo han hecho ya.
  • Nombres completos de 4 testigos que los conozcan a ambos y el número de teléfono y dirección.
  • Costos del proceso según capacidad económica – acuerdo con el Vicario Judicial. 

¿Cuáles son las causales más comunes de nulidad matrimonial?

¿La otra parte debe estar de acuerdo con adelantar el proceso de nulidad?

¿La otra parte debe estar de acuerdo con adelantar el proceso de nulidad?

Entre las causales más comunes se encuentran: la ausencia de la madurez requerida, incapacidad para ser buenos esposos o esposas, padres o madres, presencia de trastornos psíquicos, no querer casarse para siempre, no querer tener hijos y casarse obligado por fuertes presiones. Existen también algunas circunstancias sintomáticas que se toman en consideración: presencia de adicciones (alcoholismo, drogadicción, ludopatía (adicción por el juego), etc.), grave irresponsabilidad, alteraciones psicológicas graves, violencia y malos tratos, embarazos en el noviazgo, abortos, conductas anticonceptivas, infidelidad, etc.

¿La otra parte debe estar de acuerdo con adelantar el proceso de nulidad?

¿La otra parte debe estar de acuerdo con adelantar el proceso de nulidad?

¿La otra parte debe estar de acuerdo con adelantar el proceso de nulidad?


 No, no necesariamente. Una vez que el Tribunal haya recibido oficialmente su petición, le informará por escrito a la otra parte y le brindará la oportunidad de presentar su opinión sobre los hechos y, si lo cree oportuno, sus propios testigos. Ahora bien, si la otra parte no responde a la solicitud del Tribunal o manifiesta no estar interesado en el proceso, se le declarará ausente y el proceso proseguirá sin su participación hasta la sentencia definitiva y su ejecución. La experiencia del Tribunal indica que, en la mayoría de los casos, la otra parte no se niega a colaborar. Por ello, es importante que el Tribunal posea información exacta y verificada para poder contactar a la otra parte. 

¿Qué se debe hacer para presentar la solicitud de nulidad?

¿La otra parte debe estar de acuerdo con adelantar el proceso de nulidad?

¿Qué se debe hacer para presentar la solicitud de nulidad?

Para facilitar el proceso, en la Diócesis hemos establecido tres pasos fundamentales:

1° PASO- Consulte al párroco y responda el cuestionario que él le entregará, éste le será útil para realizar un primer discernimiento sobre las eventuales causas de nulidad de su matrimonio. 

2° PASO- Una vez que haya hablado con su párroco, solicite una cita en el Tribunal Eclesiástico para que allí se le ayude a redactar su solicitud de nulidad. No olvide llevar los documentos necesarios para iniciar el trámite (ver numeral 9).

3° PASO- Presente la solicitud de nulidad ante el Vicario Judicial de la Diócesis de Socorro y San Gil. Solicite previamente una cita.  

¿Quién puede solicitar la nulidad de un matrimonio?

¿Quién puede solicitar la nulidad de un matrimonio?

¿Qué se debe hacer para presentar la solicitud de nulidad?

La nulidad matrimonial puede pedirse siempre que uno o ambos contrayentes tengan dudas razonables sobre la validez de su matrimonio. No es necesario que ambos estén de acuerdo. Lo más recomendable es dirigirse a su párroco para recibir de él la debida asesoría y acompañamiento.

¿Cuánto dura el proceso de nulidad matrimonial?

¿Quién puede solicitar la nulidad de un matrimonio?

¿Cuánto dura el proceso de nulidad matrimonial?

El Tribunal de San Gil está profundamente comprometido en tratar con rigor jurídico y celeridad sus procesos. La duración promedio es de 6 meses a un año, aunque dicho tiempo puede variar –disminuir o aumentar- en razón de la complejidad de cada proceso. Por ello, no haga planes para contraer matrimonio nuevamente hasta que el proceso de nulidad no haya culminado completamente y haya ejecutado. 

¿La nulidad es un proceso costoso?

¿Quién puede solicitar la nulidad de un matrimonio?

¿Cuánto dura el proceso de nulidad matrimonial?

No, se solicita a los fieles una contribución solidaria de acuerdo a sus posibilidades, en dialogo con el Vicario Judicial, esta ayuda es necesaria para el sostenimiento del Tribunal. Tal como quiere el Papa Francisco, nuestra voluntad es que, por ningún motivo, el dinero pueda ser un obstáculo que impida realizar el trámite de nulidad.

¿Se necesita de un abogado para tramitar la causa?

¿Qué pasa con los hijos que se tuvieron durante el matrimonio?

¿Se necesita de un abogado para tramitar la causa?

No, no es necesario contratar con un abogado canonista para adelantar su proceso de nulidad. La Diócesis de Socorro y San Gil brinda asesoría jurídica gratuita a lo largo del proceso, desde el inicio hasta el final del proceso, pero si alguien quiere hacer uso de este servicio no hay ningún inconveniente.

¿Quién tiene acceso a la información del proceso?

¿Qué pasa con los hijos que se tuvieron durante el matrimonio?

¿Se necesita de un abogado para tramitar la causa?

Los documentos del proceso son estrictamente confidenciales. No pueden hacerse fotografías o divulgarse por ningún medio. Nadie tiene acceso a esta información excepto las dos partes y los miembros del Tribunal especialmente designados para el estudio de su caso. Todos ellos están obligados, por juramento, a mantener el secreto profesional. 

¿Qué pasa con los hijos que se tuvieron durante el matrimonio?

¿Qué pasa con los hijos que se tuvieron durante el matrimonio?

¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de b

Los hijos de un matrimonio declarado nulo son legítimos Canon 1137. Sus derechos y deberes permanecen inalterados. Sobre ellos se mantiene íntegra la obligación grave de los padres de cuidarlos y educarlos integralmente.

¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de b

¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de b

¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de b

La praxis vigente en el Tribunal Eclesiástico de Socorro y San Gil pide, en la mayoría de los casos, que se hayan realizado dichos trámites antes de la presentación de la solicitud de nulidad, de manera que los derechos de todas las personas involucradas en el proceso de nulidad estén previamente salvaguardados en el ámbito civil. El Tribunal Eclesiástico no es el espacio apropiado para dirimir materias ajenas al bien espiritual de las personas. En causas excepcionales se tramita el proceso sin este requisito civil. 6. ¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles y la separación de bienes antes de presentar la solicitud de nulidad? 

¿Qué otras pruebas se requieren?

¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de b

¿Qué otras pruebas se requieren?

En ocasiones, antes o durante el matrimonio, han sido consultados médicos, psiquiatras, psicólogos, sacerdotes, etc. tratando de buscar ayuda o asistencia para una persona o pareja. Para el Tribunal sería muy útil contar con el parecer de estas personas. En algunos procesos, para completar el material probatorio, se solicita la realización de una pericia sicológica o psiquiátrica (canon 1574).

¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de b

¿Qué otras pruebas se requieren?

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diocesissocorroysangil@yahoo.com

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